En esta unidad abarcaremos desde el artículo 1 al 7 del estatuto de los trabajadores. Comenzamos:
1.DESCRIPCIÓN:
Artículo 1:
En este artículo comenta el ámbito de aplicación de dicho estatuto el cual será el siguiente:
-Los trabajadores que voluntariamente presten sus servicios retribuidos por cuenta ajena y dentro del ámbito de organización y dirección de otra persona, física o jurídica, denominada empleador o empresario.
- Los empresarios que son todas las personas, físicas o jurídicas, o comunidades de bienes que reciban prestación pode servicios de las personas referidas en el apartado anterior, así como personas que provengan de empresas de trabajo temporal constituidas legalmente.
* Se excluyen de este ámbito:
a) La relación de servicios de los funcionarios públicos
b) Las prestaciones personales obligatorias
c) La actividad que se limite, pura y simplemente, al mero desempeño del cargo de consejero o miembro de los órganos y administración de empresas.
d) Los trabajos realizados a titulo de amistad,benevolencia o buena vecindad.
e) Los trabajos familiares,salvo que se demuestre la condición de asalariados
f) La actividad de las personas que intervengan en operaciones mercantiles por cuenta de uno o más empresarios.
g) En general, todo trabajo que se realice en relación distinta al la que se define en el apartado 1.
Artículo 2:
En este artículo se habla de las relaciones laborales especiales las cuales albergan al personal de alta dirección, penados en instituciones penitenciarias, trabajadores minusválidos en centros especiales de empleo,artistas de espectáculos, deportistas profesionales entre otros..
Artículo 3:
En este artículo, hablamos de las fuentes de la relación laboral las cuales se hacen por voluntad de las partes (trabajador y empresario) me manifestada en el contrato de trabajo, siendo su objeto licito y sin que en ningún caso puedan establecer en perjuicio del trabajador condiciones menos favorables o contrarias a las disposiciones legales y convenios colectivos antes expresados y por los usos y costumbres locales y profesionales
Artículo 4:
Aquí se citan algunos de los derechos básicos y en relación al trabajo de los trabajadores:
a) Trabajo y libre elección de profesión u oficio
b) Libre Sindicación
c) Negociación colectiva
d) Adopción de medidas de conflicto colectivo
e) Huelga
f) Reunión
g) Información, consulta y participación en la empresa
En cuanto a la relación al trabajo:
a) a la ocupación efectiva
b) a la promoción y formación profesional
c) A no se ser discriminados por razones de sexo, raza, edad, estado civil, religión, ideas políticas etc...
d) Por razones de discapacidad siempre que se hallen condiciones de aptitud para desempeñar el trabajo que se trate.
e) A su integridad física y política de seguridad e higiene
f) al respeto de su intimidad por consideración debida a su dignidad por condiciones de discapacidad, orientación sexual, edad y frente al acoso sexual.
g) Percepción puntual de la remuneración pactada
h) Al ejercicio individual de las acciones de su contrato de trabajo
Artículo 5
En este artículo citaremos algunos deberes básicos de los trabajadores.
a) Cumplir con las obligaciones de su puesto de trabajo
b) Observar las medidas de seguridad e higiene que se adopten
c) Cumplir las órdenes e instrucciones del empresario
d) No concurrir con la actividad de la empresa
e) Contribuir a la mejora de la productividad
Artículo 6
En este artículo resumiremos lo referente al trabajo de los menores:
-Se prohíbe la admisión al trabajo a los menores de 16 años.
-Los menores de 18 años no podrán realizar trabajos nocturnos ni actividades declaradas insalubres, nocivas o peligrosas para su salud como para su formación profesional.
-Se prohíbe realizar horas extraordinarias a los menores de 18 años
-la intervención de los menores de 16 años en espectáculos públicos, y solo en casos excepcionales siempre que no suponga peligro para su salud física ni para su formación profesional y humana.
Artículo 7
En este artículo se hablará de la capacidad para contratar:
Podrán incorporarse al mundo laboral y ser contratados quienes tengan plena capacidad de obrar,sea menor de 18 y mayor de 16 que vivan emancipados y con consentimiento de sus padres o tutores.
También los extranjeros, de acuerdo con lo dispuesto en su legislación específica.
VINCULACIÓN PRÁCTICA:
La vinculación práctica que he experimentado con respecto a este tema ha sido la firma de mis contratos de trabajo, los cuales citaban mis derechos y deberes en la empresa ademas de los convenios colectivos.
ELEMENTOS DESTACADOS:
En este tema destacamos que sea cual sea la actividad del trabajador y la empresa hay unos derechos básicos y unos deberes que cumplir.
CONCLUSIONES:
En toda vida laboral hay que cumplir estos derechos y deberes básicos, los cuales tanto el trabajador como empresario deben conocer, para la buena relación laboral y humana.
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